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mayo  11, 2024

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Validez probatoria del correo electrónico en la jurisprudencia y en el Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación

Por Agustín Bender

Índice: I. Introducción. II. Precisando el sentido de algunos términos. III. ¿Pueden llevar firma los correos electrónicos? IV. ¿Cómo se valida la firma electrónica? V. ¿Por qué no sirve una pericia sobre un correo electrónico? VI. Seguridad adicional para correos electrónicos. VII. Firma digital. VIII. Documentos no firmados. IX. Documentos con firma electrónica reconocida. X. Efectos de la firma electrónica reconocida o validada. XI. Prueba anticipada y diligencias preeliminares. XII. Equiparación a la exhibición de libros. XIII. Necesidad de probar la recepción. XIV. La prueba. XV. Inferencias y sana crítica. XVI. Teoría de los propios actos. XVII. Informativa. XVIII. Testimonial. XIX. Pericial sobre sistema propio. XX. Pericias sobre sistema de la contraparte. XXI. Control de la casilla. XXII. Privacidad y confidencialidad. XXIII. Conclusiones.

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Términos mencionados en esta doctrina: electrónica, electrónicos, electrónico.

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